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tradjur - derecho y lenguaje

La traducción de "support", "maintenance" y "alimony" (marzo 2007)

Ante las dudas planteadas en la traducción de algunas sentencias de divorcio estadounidenses, deben aclararse algunos aspectos materiales de estos términos.

 

La Enciclopedia Jurídica Básica (nombre engañoso, pues su consulta es interesante en muchos casos y el tratamiento que da a algunos términos dista de ser “básico”), los define vagamente como “lo necesario para satisfacer” las “necesidades vitales”. El concepto genérico de alimentos viene regulado en el Código Civil (Libro I, título IV): bajo el epígrafe “De los alimentos entre parientes”, el artículo 142 define alimentos como todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo. El pago de alimentos se efectuará, en su caso, mediante la correspondiente pensión. El Código Civil establece quién está obligado a prestarlos, como deben reclamarse, etc. De forma apodíctica y sensata, pero eminentemente difusa, el Código añade (art. 146) que la cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.

En la regulación del divorcio, el Código Civil, en su artículo 90, señala que el convenio regulador contendrá la contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso y la  pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.

Este artículo 97, tras la reforma de 2005, ha quedado redactado de forma que el cónyuge al que la separación o divorcio produzca desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión vitalicia, temporal o un tanto alzado según se determine en el convenio regulador o en la sentencia. Es lo que se denomina la pensión compensatoria.

A su vez, el art. 93 dispone que el Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.

Pasando al ámbito estadounidense, según el diccionario Black’s, existe (in most States, lo cual quiere decir que no en todos, ya que hay que recordar que el Derecho de familia es de competencia estatal, no federal) una obligación jurídica (legal duty) de mantener (prestar alimentos) al cónyuge y los hijos, constituyendo delito menos grave (misdemeanor) el denominado crime of non-support (véanse los arts. 226 y siguientes de nuestro Código Penal, relativos al abandono de familia, menores e incapaces, en los que se habla de “dejar de prestar la asistencia… para el sustento de … descendientes, ascendientes o cónyuge”).

 

El diccionario equipara también support y maintenance: en sentido amplio, el término support incluye los medios de sustento (means of living) as would enable one to live in the degree of comfort suitable to … his station of life (bonita expresión, vive Dios). Incluiría todos los pormenores necesarios para la vivienda, alimentación, vestimenta, salud, ocio, vacaciones, asistencia médica e incluso enterramiento y gastos funerarios (suitable burial), es decir, lo que en inglés se denomina from the cradle to the grave. En su origen, maintenance podría tener un alcance más reducido, pero actualmente se consideran casi sinónimos.

 

En español, el término “manutención” no aparece en los textos legales de la materia, pero sí en la jurisprudencia: algunos ejemplos son los siguientes:

 

La pensión alimenticia se fija en 25.000 Pts. atendidas las necesidades de la menor, su edad y que ambos padres disponen de ingresos para cuidad del sustento, manutención y educación… (STS 6962/2005).

 

Por su parte, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, por ejemplo en la sentencia del asunto A. Van den Boogaard contra P. Laumen, señala que las obligaciones alimentarias (...) tienen, entre otras cosas, por objeto garantizar la manutención de un excónyuge.

  

El tema de la pensión de alimentos puede ser complejo, sobre todo por lo que respecta al cumplimiento de obligaciones en caso de matrimonios mixtos residentes en distintos países tras el divorcio. Para este tipo de supuestos, existen diversos convenios de La Haya sobre la materia, en los que reina cierta confusión terminológica, ya que se habla indistintamente de pensiones alimentarias y alimenticias. En cuanto a la UE, en el Libro Verde de la Comisión sobre obligaciones alimentarias, se las define como el conjunto de las sumas que se satisfacen en concepto de alimentos en el ámbito de las relaciones de familia. Se trata esencialmente de los alimentos satisfechos a los hijos por sus padres (en particular, tras una separación entre los titulares de la responsabilidad parental), así como de las sumas que se abonan entre esposos, tras un divorcio, en concepto del mantenimiento del deber de ayuda.

  

(más información en http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/l14160.htm)

  

En cuanto al inglés, alimony se define en inglés estadounidense como allowances which husband or wife by court order pays  for maintenance while separated or after they are divorced, de modo que el concepto es el de pensión de alimentos. Parece que el derecho estadounidense (con la matización que hacíamos antes) no prevé el concepto de “pensión compensatoria”, que se refundiría con el de alimentos.

 

Finalmente, según el Dizionario Giuridico de Francesco de Francis, muy fiable, aunque no siempre del todo útil para el traductor, support y maintenance vienen a ser sinónimos, por lo que corresponderían grosso modo a la figura de los alimentos en Derecho español.

 

De modo que support y maintenance se traducirían como sustento, o quizá manutención,  que forman parte de los alimentos, aunque no es descartable traducirlos sin más como “alimentos” si el contexto no exige diferenciar. A su vez, alimony sería pensión de alimentos y/o compensatoria. La diferencia estriba en que esta última no se concede a los hijos, sino al cónyuge.

 

Ramón Garrido Nombela

Universidad Pontificia Comillas (Traducción e Interpretación)

  

 

 

 

 

1 comentario

Jurfurili -

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